¿Cuándo es obligatoria la presencia de un procurador?

Los procuradores son profesionales vinculados al derecho, que son los encargados de representar a cada parte en los procedimientos judiciales. Muchos clientes se preguntar cuándo es obligatoria la presencia de un procurador.

Lo cierto es que la acción de estos profesionales deberá en darse en muchos de los procesos. La participación del procurador es obligatoria en todo tipo de proceso civil. Como excepciones podemos mencionar los juicios de tipo verbal con un monto interior a los 2.000€. Tampoco es obligatoria se presencia en la solicitud primera de los procesos monitorios.

Asimismo, también será prescindible en escritos en los que se pida la toma de medidas urgentes anteriormente al juicio o la suspensión de actuaciones judiciales y vistas. Los juicios universales son otra excepción en cuanto a la necesidad de los procuradores.

Así como la asistencia del abogado resulta ineludible a lo largo de la gestión de todo el proceso judicial, el procurador será solamente necesario en las situaciones que lleven a apertura de juicio oral. Conocidos en el argot judicial como carteros judiciales, tienen muchas funciones que llevar a cabo y son en buena parte responsables de la buena marcha de los procedimientos.

Se trata de una de las partes más activas de los procedimientos, puesto que unifican funciones muy diversas pero encaminadas a agilizar todos los pasos en el proceso. La presencia de un procurador es obligatoria en casos de divorcio, así como en muchos otros procesos penales. Contacte con nuestro despacho de procuradores en Granada para evitar injustificadas dilaciones en los juicios, para evitar fallos inesperados por errores técnicos o de procedimiento... Tenga en cuenta que a pesar de contar con un abogado de primera línea, éste poco podrá hacer si no se ve asistido por un procurador profesional. Consulte sobre todo aquello que desee saber, incluyendo precios y asistencia jurídica.